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Definición


El sistema de fraccionamiento de matrículas consiste en la posibilidad que tienen los admitidos o estudiantes a pregrado de la Universidad Nacional de Colombia, para diferir el pago del valor de la matrícula en tres contados, así:

. Primero 30% del valor de los derechos de matrícula , Derechos de Bienestar , Sistematización

. Segundo 35% del valor de los derechos de matrícula

. Tercero 35% del valor de los derechos de matrícula

Requisitos


a) Diligenciar el formulario con la respectiva solicitud

b) Demostrar la necesidad debidamente justificada (Situaciones de calamidad doméstica por fuerza mayor o caso fortuito)

c) Estar a paz y salvo por todo concepto con la Universidad

d) Haber cumplido los pagos anteriores

Pasos


1) Presentar ante la Dirección de Bienestar respectiva el formulario de solicitud debidamente diligenciado en las fechas establecidas Click AQUÍ

Si es admitido: En las mismas fechas señaladas para la matrícula, consultar el cronograma ante la Dirección de Bienestar Universitario de la facultad correspondiente. Para la formalización de la matrícula inicial, es necesario haber cancelado el primer contado

Si es estudiante: Entre la décima cuarta semana del semestre anterior a aquel para el cual se solicita el fraccionamiento y una semana antes de la iniciación de éste, consultar el cronograma ante la Dirección de Bienestar Universitario de la facultad correspondiente.

2) Recibir, estudiar y tramitar la solicitud de fraccionamiento
Responsable:
Dirección de Bienestar de Facultad

3) Recibir las solicitudes remitidas por las direcciones de Bienestar de las facultades y preparar los recibos de pago de pago en contados
Responsable:
División de Registro y Matrícula


Compromisos

a) Consultar, descargar y pagar los recibos de pago en las fechas establecidas para cada contado
Responsable:
Estudiantes nuevos y antiguos

b) Presentar ante la Dirección de Bienestar correspondiente los recibos de pago cancelados del segundo y tercer contado
Responsable:
Estudiantes nuevos y antiguos

c) Realizar seguimiento y remitir los respectivos reportes a las secretarías de facultad con relación a la cancelación de los segundos y terceros contados, a más tardar al concluir la quinta y novena semana del periodo académico
Responsable:
Direcciones de Facultad


Normatividad aplicable

Resolución 241 de 1998 de Rectoría - Sistema de fraccionamiento de matrículas en la Sede Bogotá
Acuerdo 100 de 1993 Consejo Superior Universitario – Sistema de matrículas para los estudiantes de pregrado